Calculadoras laborales especiales
La Defensoría del Trabajador S.A.S.
Elige el cálculo que necesitas. Cada herramienta explica qué datos debes tener y qué significa el resultado.
Son referencias orientativas; no equivalen a una liquidación oficial, dictamen médico, cálculo certificado de una administradora ni decisión judicial.1. Estimación de lucro cesante
Estima matemáticamente ingresos dejados de percibir en un período pasado y/o futuro. Necesitas una renta mensual sustentada, una serie oficial de IPC consistente y los períodos definidos para el caso. La herramienta no decide cuántos meses se pueden reclamar.
Paso 1. Ingreso y actualización
Ingresa el ingreso mensual que se haya acreditado o que corresponda al método de valoración. No sumes conceptos sin verificar si proceden.
Es opcional y debe sustentarse. No se presume ni se aplica automáticamente.
Debe coincidir con el período base del ingreso que ingresaste.
Se propone el mes anterior al actual, que puede ser el último IPC disponible. Cámbialo si el caso exige otra fecha.
Paso 2. Períodos a estimar
Meses transcurridos incluidos en la reclamación hasta la fecha de corte definida para el cálculo.
Meses de proyección establecidos para el caso. No los determina automáticamente esta herramienta.
0,4867 % mensual es una tasa financiera de referencia asociada al 6 % efectivo anual en jurisprudencia. Se puede cambiar, pero debe justificarse para el caso.
Fórmulas matemáticas de referencia: lucro consolidado y futuro según decisiones del Consejo de Estado. La metodología no es universal para cualquier controversia. Consultar ejemplo jurisprudencial en Función Pública.
2. Referencia económica por pérdida de capacidad laboral (PCL)
Usa esta sección únicamente para una referencia de indemnización por incapacidad permanente parcial de origen laboral, con PCL desde 5,00 % y menor de 50 %, contemplada en la tabla del Decreto 2644 de 1994 y la Ley 776 de 2002. No calcula pensión de invalidez ni realiza una calificación médica.
La tabla aquí reproducida no debe usarse automáticamente para origen común.
Se admite de 5,00 % a 49,99 %. Para seleccionar el renglón entero, se toma la parte entera sin redondear (p. ej., 18,75 % → renglón 18). La tabla contiene renglones enteros; confirma con la ARL la categoría aplicable si el dictamen o el acto de reconocimiento no la identifica.
Usa el IBL que corresponda al régimen y al caso, no necesariamente el salario actual.
Fuente: Decreto 2644 de 1994, tabla única para indemnizaciones por PCL entre 5 % y 49,99 %. La procedencia actual del reconocimiento debe revisarse con la administradora y los hechos del caso.
3. Operación de referencia para indemnización sustitutiva
La fórmula normativa requiere el salario base de cotización actualizado (SBC), las semanas cotizadas (SC) y el promedio ponderado de los porcentajes de cotización (PPC). Esta sección solo hace la operación con los datos que suministres; no determina si tienes derecho ni certifica los valores.
Escribe el porcentaje sin el símbolo %. Ejemplo: si el valor certificado es 10 %, escribe 10; el sistema lo convierte a 0,10. No uses automáticamente el porcentaje de cotización actual.
Si no conoces el régimen, no generes el cálculo hasta verificarlo. La fórmula de esta pantalla no es para prestaciones de riesgos laborales.
Fuente normativa de referencia: Decreto 1730 de 2001, artículo 3 (fórmula I = SBC × SC × PPC). Existen reglas que pueden variar según períodos y circunstancias de cotización; verifica la norma compilada y la certificación de la administradora.
4. Consultar factor de actualización por IPC
Compara los índices IPC de dos meses y muestra el factor matemático. Este resultado no decide qué período debe actualizarse ni qué metodología legal se debe aplicar.
Los índices deben estar cargados por el administrador desde Herramientas → IPC cálculos especiales (o desde la pantalla IPC del plugin laboral anterior). Fuente de consulta: IPC histórico del DANE.
La herramienta no sustituye el análisis de un profesional. Guarda dictámenes, certificaciones de ingreso, historia de cotizaciones, IPC utilizado y demás soportes. Los valores obtenidos son estimaciones matemáticas sujetas a revisión jurídica y a la normativa aplicable al caso concreto.
